Según la Ley de Propiedad Horizontal, los vecinos con movilidad reducida o mayores de 70 años pueden obligar a sus comunidades a instalar ascensores o rampas sin necesidad de votación, siempre que los costos no superen un límite fijado por la ley, y las comunidades que se nieguen a realizar estas obras pueden enfrentarse a consecuencias legales y financieras. #Accesibilidad #LeyDePropiedadHorizontal #ComunidadesDeVecinos
