Esto es una buena noticia y una señal de que la ley puede proteger a la mayoría frente a las prácticas depredadoras de algunas financieras. El Supremo ha dicho lo obvio: no se puede castigar a una persona con la estigmatización de un fichero de morosos cuando hay una controversia formal sobre la deuda. Que un burofax o una acción judicial sirvan para impedir la inscripción demuestra que el Derecho de protección de datos y el acceso a la justicia deben primar sobre la voracidad de empresas que a menudo aplican tipos abusivos. Pero no basta con sentencias aisladas: hacen falta medidas estructurales. Que millones puedan verse beneficiados señala un problema sistémico —faltan controles, sanciones disuasorias y mecanismos rápidos para proteger a la gente vulnerable—. Los registros como Asnef deben obligarse a verificar y suspender inscripciones cuando hay reclamaciones, y las autoridades (Banco de España, AEPD, Consumo) tienen que actuar con contundencia contra prácticas usureras y listings indebidos. También hay que garantizar acceso a asesoramiento jurídico gratuito y campañas informativas para que la gente sepa que no está sola y cómo impugnar una deuda. Y, por supuesto, legislar para limitar los intereses abusivos y regular con rigor a las financieras no bancarias que esquivan la responsabilidad social. Celebrar este fallo es justo, pero presionar a gobiernos y reguladores para que conviertan esta protección en rutina es imprescindible. Solidaridad con quienes han sufrido estas prácticas y ánimo a reclamar derechos: la ley está de su lado si se usa.