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#Reglamentación

Alpinito described the statement as shameful and claimed that he acknowledged a speed problem related to the software, which had forced patches on the cars. He also criticized the existence of a sector-based power limitation mapping that could be turned off and that the changes had been made during a rain interruption. He wrote that these problems would not occur with a V8 engine without a battery and that the regulations were the worst in the history of Formula 1. #F1 #Reglamentación #Autos (translated)

The author explained that the night before he had stated on El Chiringuito TV what he believed the UEFA regulations established for cases like the Negreira scandal. He also claimed that several media outlets had referred to the article that day and had warned of a possible sanction that would prevent Barcelona from competing. https://t.co/gNsSNMogX3 #Barcelona #Negreira #UEFA #ES (translated)

Lucho 2w

El tribunal de disciplina de la AFA falló, de manera unánime, a favor de Boca en el reclamo de "alineación indebida" elevado por Vélez. La reglamentación FIFA y la jurisprudencia en todo el mundo no daban lugar a la eliminación/anulación del partido. #BocaJuniors #FútbolArgentino #AFADisciplina

Abrimos #EquipoF con el fallo del Tribunal de Disciplina: ratifica la clasificación de Boca a los 4tos de final de la Copa Argentina, como venimos contando desde el primer día. Nunca hubo dudas sobre la decisión. Fue por unanimidad. Boca fue encontrado culpable de un error administrativo del cual no sacó ventaja deportiva (no ingresó el 6to extranjero). El Tribunal siempre tuvo claro el fallo porque la reglamentación FIFA y los antecedentes marcaban ese desenlace. No había chance de una eliminación de la Copa. Siempre por @ESPNArgentina. #CopaArgentina #BocaJuniors #Fútbol

¡Las fotomultas son para salvar vidas, no para hacer negocios con los ciudadanos! Ordené a la Agencia Nacional de Seguridad Vial una revisión nacional de los sistemas de fotodetección y ya tenemos los primeros resultados. En Cartago se negó la entrada en operación de un sistema que no cumplía los requisitos técnicos. Además, la revisión preliminar encontró aproximadamente 40.000 órdenes de comparendo que podrían haber sido impuestas irregularmente por dispositivos autorizados que no registraban oficialmente el inicio de su operación. La cifra está siendo validada con el SIMIT para adoptar las decisiones jurídicas correspondientes. También fueron identificados 12 dispositivos cuya autorización está siendo objeto de trámite de revocatoria por cambios en la competencia de la autoridad de tránsito. He ordenado revisar todos los puntos habilitados en Colombia y avanzar, junto con el Ministerio de Transporte, en una nueva reglamentación. También vamos a ponerle la lupa a los vehículos que utilizan dispositivos tecnológicos para imponer comparendos sin agentes y sin la debida autorización. La seguridad vial no puede ser una excusa para esquilmar al ciudadano. El dispositivo que no cumpla la ley no puede operar. Y donde encontremos irregularidades, actuaremos. Menos discursos y más resultados. ¡Firme por la Patria! ¡Viva Cristo Rey! (A.D.L.E) 🇨🇴 🐅 #SeguridadVial #Fotomultas #Colombia

FALSO. AQUÍ UN DIPUTADO IGNORANTE QUE NO ENTIENDE LO QUE LEE Y SALE A METER MIEDO El diputado kirchnerista Carlos Castagneto MIENTE sobre un tema sensible y siembra el miedo en la población con conclusiones falsas que no tienen ningún sustento. Conviene aclarar de qué se trata realmente, porque lo que está haciendo es asustar a la gente con algo que no está pasando. Su crítica confunde dos cosas completamente distintas. Por un lado, la remuneración del trabajador. Por el otro, la base de cálculo que se usa para aplicar un límite legal sobre determinados aportes y contribuciones convencionales. El artículo 1° del Decreto 612/26 no modifica el salario de los trabajadores ni elimina ningún derecho laboral, no altera la Ley de Contrato de Trabajo ni cambia qué conceptos integran la remuneración, que sigue rigiéndose por la normativa laboral vigente. Lo que hace el decreto es precisar la reglamentación del artículo 9° de la Ley 14.250, con una aclaración al artículo 6° bis del Decreto 199/88, la norma que regula el límite aplicable a determinados aportes y contribuciones que se establecen en los convenios colectivos. En ese marco define cuál es la base de referencia para calcular ese límite del 2%. Esa base la forman el salario básico convencional de la categoría del trabajador y las sumas remunerativas convencionales de carácter normal, habitual y mensual. La ley, justamente, habla de un 2% de la remuneración. Las horas extras se siguen pagando cuando corresponden. El aguinaldo continúa vigente. Las vacaciones siguen reguladas por la legislación laboral y los premios siguen existiendo conforme a las normas que los establecen. El decreto no elimina ningún derecho laboral. Lo que fija es una metodología de cálculo para un límite legal referido a aportes convencionales. Mostrar una regla de cálculo de aportes sindicales como si fuera una reducción del salario es confundir —o hacer confundir a propósito— institutos jurídicos que no tienen nada que ver entre sí. #DerechosLaborales #Desinformación #PolíticaArgentina

MODERNIZAMOS EL REGIMEN MINERO. Por Decreto 482/2026, con firma del presidente @JMilei, @madorni y @LuisCaputoAR actualizamos y simplificamos el reglamento del Régimen de Inversiones Mineras, una norma que llevaba más de 30 años sin actualizarse. Argentina es uno de los países con mayor potencial minero del mundo; litio, cobre, oro, plata, solo por nombrar algunas de las oportunidades que tenemos. Pero el potencial no se convierte solo en inversión: necesita reglas claras, simples y previsibles. Por eso, mediante el Decreto Delegado 449/25, modificamos la Ley 24.196 para modernizar el Régimen de Inversiones Mineras. Hoy damos otro paso en ese camino actualizando su reglamentación. 1. Simplificamos y clarificamos la emisión del certificado de estabilidad fiscal. 2. Para importar bienes de capital, equipos, partes y repuestos, las empresas necesitaban autorización previa de la autoridad de aplicación. Se reemplaza por una declaración jurada, con control ex post. 3. Simplificamos la documentación requerida para la devolución acelerada del IVA en etapa exploratoria. 4. Como el tratamiento de minerales y su extracción se encuentren geográficamente distantes ampliamos la distancia a la cual los proyectos se consideran regionalmente integrados a 500 km (antes eran 200 km). Con esto se evita que las empresas vayan por la vía de la excepción y puedan operar con normalidad. 5. Se amplía el universo de bienes amortizables bajo el régimen especial para incluir también los bienes reacondicionados. Una adecuación a la realidad operativa del sector. 6. La norma exigía una previsión contable especial para remediar un potencial daño ambiental. Esto se pisaba con la exigencia del seguro ambiental prevista en la más moderna Ley General del Ambiente. Con la modernización establecimos que el Seguro Ambiental satisface el requisito de la ley minera evitando duplicaciones. Estas modificaciones permiten simplificar, reducir costos y bajar la incertidumbre asociada a cada intervención estatal. Menos trámites es menos riesgo. Quiero agradecer a Luis Lucero, Secretario de Minería, y en su equipo de la @secmineria_arg especialmente a @EugeniaBais. También a los equipos de @ARCA_informa a cargo de Andrés Vázquez y de Ingresos Públicos a cargo de la Subsecretaria Claudia Balestrini. Todos ellos del @MinEconomia_Ar de @LuisCaputoAR. En @MinDesreg_Ar gracias a @MaxiFarina, Secretario de Transformación, a @Eugenio__Mari, Subsecretario de Reformas Estructurales, a @ivanrvok y a Cecilia Dominguez. Finalmente gracias al equipo de la Legal y Técnica a cargo de María Ibarzabal (gracias @PauTaddei). #InversionesMineras #Argentina #Modernización

NUEVO RECIBO DE SUELDO. Un capítulo aparte merece el sinceramiento de la información incorporada por la Ley de Modernización Laboral 27.802 en el recibo de sueldo. Durante años se “carancheó” la relación laboral, cargando costos que a la postre pagaba el empleado. Mucho bla bla de defender el trabajo y por atrás se aprovechaban para sacarle recursos al trabajador. Pero claro, la mejor arma de la casta es el ocultamiento de sus privilegios. Entonces el recibo de sueldo estaba armado para que las castas empresariales-sindicales pudieran llevarse recursos sin que nadie supiera. El modelo de la casta que el presidente @JMilei vino a cambiar. Ahora el recibo de sueldo, va a tener que detallar obligatoriamente el costo total que abona el empleador por cada puesto laboral, permitiendo en una simple lectura en cascada saber cuánto de lo que paga el empleador, recibe finalmente el trabajador. Todo aquello que le sacan al trabajador va a quedar registrado, explicitado y hecho visible. ¡Viva la transparencia carajo! En un primer cuerpo se van a detallar todas las contribuciones que realiza el empleador sin importar el destino, incluyendo así por primera vez un sinceramiento total de los costos que se destinan no sólo a los organismos nacionales de la seguridad social, sino a los sindicatos, federaciones, entes o cualquier otro tipo de persona jurídica que reciba dinero del trabajador. En el segundo cuerpo, estará el recibo como lo conocían hasta hoy, que arranca con el sueldo bruto, e incluye todos los descuentos hasta llegar a un salario neto (o de bolsillo) En el último espacio, se agrega una descomposición gráfica y total de la cuña fiscal y sindical. Se expone de forma incontrastable todo lo que se recauda por encima del sueldo neto y hacia dónde fluye exactamente ese dinero. Con esto se sincera completamente el sistema: ahora el ciudadano sabe adónde va el fruto de su trabajo. La reglamentación exige (¡perdón liberales!) un diseño definido para la confección del recibo de sueldo. La imagen muestra cómo deberá ser el formato a usar en los nuevos recibos. Para el trabajador es una manera de saber que es lo que le sacan; usen esta información para defender su salario. VLLC! El tema del recibo de sueldos lo venimos discutiendo desde el primer día de la gestión. Intentamos varias vías pero afortunadamente ahora el Congreso de la Nación nos dio el soporte legal para el cambio. Gracias al Secretario de Trabajo Julio Cordero y su equipo (en particular a Claudia Testa y Guillermo Comadira) del @MinCapHum_Ar @SPettovelloOK. Gracias en @MinDesreg_Ar a Ariel Pszemiarower, Agustina de Cecco, una gran artífice de esta reforma, al siempre esencial @MaxiFarina, Secretario de Transformación, a Cecilia Domínguez, y por supuesto al equipo de la Secretaría Legal y Técnica a cargo Maria Ibarzabal, y su equipo! #Trabajo #Transparencia #ReformaLaboral